FAQ Ley Propiedad Horizontal (XVI): costes por morosos

comunidad propietarios lph

Comunidad de propietarios – LPH.

 

En mi comunidad tenemos domiciliado en el banco el pago de los recibos. El problema está en que continuamente nos devuelven los de un comunero y nos cobran por ello. ¿Está obligada la comunidad a asumir dichos gastos?

Según nuestro criterio, no cabe duda de que si un propietario domicilia el pago de los recibos de comunidad y, por motivos a él achacables, el banco los devuelve, corresponde a esa persona el pago de la comisión que se genere, no debiendo computarse como gasto común. Consideramos que carece de toda lógica que una partida que trae causa en el proceder de un vecino, y que puede ser imputado a éste de forma exclusiva, se prorratee entre todos los componentes de la comunidad (art. 9.2 LPH).

 

Por Alberto Donaire

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