Soy presidente de una comunidad. El dueño de uno de los locales comerciales lo ha transformado en vivienda sin consultar. No sabemos si cuenta con los permisos del Ayuntamiento. ¿Es legal lo que ha hecho?
Cualquier propietario puede realizar libremente la transformación de su local en vivienda, a menos que en los estatutos que regulan la comunidad se impida el cambio de uso (art. 5 LPH). Bien entendido que la obra que se realice no podrá afectar a elementos comunes –por ejemplo, sustitución de puerta exterior por ventana o realización de otras alteraciones en la fachada– pues, de ser así, necesitaría el consentimiento unánime del resto de propietarios (art. 7.1 y 17.6 LPH).
En cualquier caso, habrá que dar cuenta de tales obras al presidente. A todo lo anterior hay que añadir que, por supuesto, necesitarán contar con licencia municipal.
Por Alberto Donaire