FAQ Ley Propiedad Horizontal (II): crear o suprimir conserjería

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Comunidad de propietarios – LPH.

 

La comunidad quiere contratar un conserje ocho horas al día. Esto supone aumentar considerablemente la cuota mensual y algunos vecinos no estamos de acuerdo. ¿Qué mayoría se precisa?

Según el art. 17.3 de la Ley de Propiedad Horizontal, el acuerdo por el que se decida la creación o supresión del servicio de conserjería deberá contar con el apoyo de tres quintos del total de propietarios y coeficientes. Si se logra esta mayoría cualificada, todos se encontrarán vinculados, debiendo asumir la cuota que se gire por este concepto.

 

Por Alberto Donaire

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