Un vecino se dedica en sus ratos libres a pintar y hacer trabajos de bricolaje dentro del trastero, en la azotea de la comunidad. ¿Tiene que pedir permiso? Me preocupa que pueda tener productos peligrosos.
En principio, no existe inconveniente en que cada comunero utilice su trastero como quiera, pues se trata de una propiedad privada (art. 1 LPH) –siempre que no haya una prohibición expresa en los estatutos– (art. 5 LPH). Por supuesto, sobra decir que no cabe destinarlo a actividades insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas, en cuyo caso habría que requerir al propietario –o al ocupante– apercibiéndole de que se le podría demandar ante los Tribunales.
Por Alberto Donaire