Para la seguridad del ascensor, mantenimiento responsable

hueco ascensor sevilla comunidad propietarios

Hueco de ascensor en comunidad de propietarios de Sevilla.

 

A raíz de los trágicos accidentes de ascensores ocurridos en Madrid y Sevilla, la ciudadanía se pregunta: ¿qué está pasando con los ascensores? ¿No eran el medio de transporte más seguro? ¿Realmente sucede algo en el sector del ascensor en España? Ante tan dramáticos sucesos no se puede mirar hacia otro lado o restarles importancia, sino que hay que analizar la situación de esta actividad. Y relacionar el mantenimiento con la seguridad del ascensor.

Dejémoslo claro para empezar: tanto los aparatos actuales como los más veteranos del parque de ascensores en España son un medio de transporte seguro. Tanto como el que más. Los sistemas previstos para la seguridad de los usuarios son múltiples y totalmente fiables.

El mantenimiento, clave en la seguridad del ascensor

¿Qué ha podido cambiar entonces para que un par de fatales accidentes en poco tiempo siembren la sensación de inseguridad entre la población? Desde luego la razón no está en la tecnología. Puede que en su mantenimiento.

Desde R&M Ascensores venimos alertando del peligro que representa la liberalización del mercado que se ha impuesto en los últimos años. El cambio de normativa –primero europea, y a partir de ahí aplicada por los diferentes gobiernos– lo ha permitido.

Anteriormente, cuando regía la Instrucción Técnica Complementaria ITC-MIE-AEM 1, referente a ascensores electromecánicos (derogado, excepto los preceptos a los que remiten los artículos vigentes del «Reglamento de aparatos de elevación y manutención de los mismos») ORDEN de 23-SEP-87, del Ministerio de Industria y Energía B.O.E.: 6-OCT-87, en su articulado rezaba lo que sigue:

16.3.2. Para el ejercicio de la actividad de conservación de los ascensores incluidos en esta ITC será necesario estar en posesión de un certificado de conservador, el cual se otorgará si se cumplen los siguientes requisitos:

a) Contar en su plantilla y a nivel de Empresa, como mínimo, con un Técnico titulado, Ingeniero superior o Técnico, que será el responsable técnico, y además con dos operarios cualificados, los cuales estarán en jornada laboral completa.

b) A nivel provincial, las Empresas conservadoras contarán, al menos, con un operario cualificado con categoría de Oficial por cada 75 aparatos o fracción a conservar y dispondrán además de un local con teléfono, repuestos y demás medios necesarios para atender eficazmente su trabajo.

Lo que dicta la Ley

El escenario legal actual es diferente. El Real Decreto 88/2013, de 8 de febrero, por el que se aprueba la Instrucción Técnica Complementaria AEM 1 «Ascensores» del Reglamento de aparatos de elevación y manutención, aprobado por Real Decreto 2291/1985, de 8 de noviembre, adapta al sistema normativo español las prescripciones de Europa.

9. Las empresas conservadoras deberán cumplir lo siguiente:

a) Disponer de la documentación que identifique a la empresa conservadora, que en el caso de persona jurídica, deberá estar constituida legalmente.

b) Poseer los medios técnicos y humanos mínimos necesarios para realizar sus actividades en condiciones de total seguridad, con un mínimo de un conservador y bajo la dirección técnica de un técnico titulado competente en plantilla.

c) Haber suscrito un seguro de responsabilidad civil profesional u otra garantía equivalente, que cubra los daños que puedan provocar en la prestación del servicio, con cobertura mínima de 300.000 euros por accidente. Esta cuantía mínima se actualizará por orden del Ministro de Industria, Energía y Turismo siempre que sea necesario para mantener la equivalencia económica de la garantía, previo informe de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos.

d) Responsabilizarse de que los aparatos que les sean encomendados se mantienen en condiciones de funcionamiento correctas, cumpliendo íntegramente los requisitos de esta ITC.

e) Garantizar, durante un periodo de dos años, la corrección de las deficiencias atribuidas a una mala ejecución de las operaciones que les hayan sido encomendadas, así como de las consecuencias que de ellas se deriven.

Autorregulación

La diferencia es palpable. En la normativa anterior se establecía una ratio que, al desaparecer en el marco legal actual, deja en manos de las empresas, de manera responsable, establecer el número de aparatos que puede mantener cada operario.

Llegados a este punto, algunas pymes como R&M Ascensores han decidido mantener aquella ratio (75 ascensores/operario) en favor de un mantenimiento exhaustivo y fiable. Otros actores del mercado, sin embargo, se han amparado en la regulación actual para reducir el precio del mantenimiento, a cambio de someter a sus operarios a más de 75 ascensores (¡hasta 400 en algunos casos!).

Este y no otro es el secreto por el que los precios de mantenimiento de ascensores ha caído de manera tan sensible. Con ello se ha destrozado el mercado, fomentado la precariedad laboral de los operarios y, lo que es más grave, poniendo en peligro al usuario. Tales condiciones de trabajo hacen imposible percatarse de determinados aspectos de seguridad esenciales en el funcionamiento de un elevador.

¿Dónde está la solución? En R&M Ascensores reclamamos que se vuelva a la regulación anterior o, en su defecto, que las compañías la asuman motu proprio –como es nuestro caso– en lugar de lanzarse a ofrecer precios insostenibles.

El ascensor es el medio de transporte más seguro, trabajemos de manera responsable para que así siga siendo.

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